Para autónomos y freelances

Modelo de Presupuesto para Autónomos con IVA

Crea un presupuesto profesional con la estructura correcta: datos fiscales, base imponible, IVA e IRPF. Todo en PDF, listo para enviar al cliente.

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Estructura de un presupuesto válido para autónomos

Un presupuesto bien construido transmite profesionalidad y facilita la posterior facturación. Estos son los campos que no deben faltar:

Datos del emisor (el autónomo)

  • Nombre completo o razón social del profesional.
  • NIF — el DNI si actúas como persona física, o el NIE si eres extranjero residente.
  • Domicilio fiscal.
  • Teléfono y dirección de email de contacto.

Datos del receptor (el cliente)

  • Nombre completo o razón social del cliente.
  • NIF o CIF del cliente — especialmente importante si es una empresa o autónomo.
  • Dirección fiscal o dirección de entrega del servicio.

Cuerpo económico del presupuesto

  • Número y fecha del presupuesto para identificarlo sin ambigüedad.
  • Descripción del servicio de forma concreta y verificable. Evita frases vagas como “según conversación”.
  • Base imponible: el importe del servicio antes de impuestos.
  • IVA: tipo aplicable (normalmente 21%) y cuota resultante.
  • Retención de IRPF (si aplica): porcentaje y cuota a descontar.
  • Total a pagar: base imponible + IVA − retención IRPF.
  • Condiciones de pago: forma y plazo de abono acordado.
  • Validez del presupuesto: número de días durante los cuales los precios son firmes.

IVA e IRPF: qué aplicar y cuándo

IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)

La mayoría de los servicios profesionales de autónomos en España tributan al tipo general del 21% de IVA. Existen excepciones — algunos servicios sanitarios, educativos o culturales pueden estar exentos o aplicar un tipo reducido — pero son casos específicos que conviene confirmar con un asesor fiscal si tienes dudas.

Retención de IRPF en actividades profesionales

Cuando el cliente es una empresa o un autónomo obligado a retener, el presupuesto (y la posterior factura) deben reflejar una retención a cuenta del IRPF:

  • 15% con carácter general para actividades profesionales (art. 101.5 LIRPF).
  • 7% durante el año de inicio de actividad y los dos siguientes, previa comunicación al pagador y constancia en la factura.

Recuerda: si tu cliente es un consumidor final — una persona física sin actividad económica — no se aplica retención de IRPF. El autónomo declarará y liquidará esos rendimientos directamente en su declaración anual de la renta.

Diferencias clave entre presupuesto y factura

Es habitual confundir ambos documentos. Aunque comparten estructura, tienen naturaleza y efectos jurídicos completamente distintos:

El presupuesto

  • Es una oferta comercial previa a la prestación del servicio.
  • No tiene valor fiscal: no se incluye en libros de registros ni en modelos de IVA.
  • Puede rechazarse, negociarse o quedar sin efecto si vence la fecha de validez.
  • No obliga al cliente hasta que lo acepta de forma expresa.

La factura

  • Es el documento fiscal obligatorio una vez prestado el servicio y aceptado el precio.
  • Debe emitirse siempre que se realice una operación sujeta a IVA (art. 2 RD 1619/2012).
  • Se registra en el libro registro de facturas emitidas y se incluye en el modelo de IVA trimestral.
  • Es el único documento que permite al cliente deducirse el IVA soportado.

El flujo habitual es: envías el presupuesto → el cliente lo acepta → prestas el servicio → emites la factura. Presto te ayuda con el primer paso: crear el presupuesto con aspecto profesional en pocos minutos.

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Preguntas frecuentes sobre presupuestos para autónomos

¿Un presupuesto lleva IRPF?

No es obligatorio incluir el IRPF en el presupuesto, aunque sí es recomendable reflejarlo cuando el cliente es una empresa o un autónomo. La retención a cuenta del IRPF (15% con carácter general; 7% en los primeros tres años de actividad) se aplica formalmente en la factura, no en el presupuesto. En cualquier caso, indicarla en el presupuesto evita sorpresas al cliente cuando llegue la factura.

¿Cuánto tiempo es válido un presupuesto?

No existe un plazo legal establecido. El propio autónomo fija la validez e indica expresamente en el documento cuánto tiempo son firmes los precios ofertados. Lo habitual es una validez de entre 15 y 30 días, período durante el cual el profesional mantiene las condiciones. Pasado ese plazo, puede revisar precios o costes sin que el cliente pueda exigirle las condiciones originales.

¿Qué pasa si el cliente acepta el presupuesto?

La aceptación del presupuesto —por escrito, por correo electrónico o mediante firma— genera un acuerdo vinculante entre las partes. El profesional queda obligado a prestar el servicio en los términos descritos, y el cliente a abonarlo conforme a las condiciones pactadas. Una vez prestado el servicio, el autónomo debe emitir la factura correspondiente, que es el documento fiscal obligatorio.

¿Hay que firmar el presupuesto?

No existe obligación legal de firmar el presupuesto, pero contar con una aceptación firmada o una confirmación escrita del cliente aporta mayor seguridad jurídica ante posibles discrepancias. Muchos autónomos incluyen una casilla de "Conforme" al pie del documento para que el cliente lo acepte formalmente antes de que comiencen los trabajos.